Reagrupación familiar en España: requisitos y pasos para traer a tus familiares

Si resides en España y deseas traer a tu pareja, hijos o padres contigo, el proceso de reagrupación familiar puede hacerlo posible. Sin embargo, es fundamental cumplir una serie de requisitos específicos. A continuación, explicamos cada uno de ellos y el paso a paso del procedimiento para lograrlo con éxito.

¿Qué es la reagrupación familiar?

La reagrupación familiar es un permiso que permite traer a familiares directos desde su país de origen para que residan legalmente contigo en España. Al obtener este permiso, tus familiares recibirán el mismo tipo de autorización de residencia que tú ya posees.

¿Quién puede solicitar la reagrupación familiar?

Para poder solicitar la reagrupación familiar, se deben cumplir estas condiciones básicas:

  • Haber residido en España al menos un año.
  • Haber iniciado la renovación de la residencia (si la autorización inicial era de un año).
  • En caso de residencias de mayor duración, deberás llevar un año en España y que te reste al menos otro año más autorizado.

Requisitos clave para la reagrupación familiar

  • Informe de adecuación de la vivienda: Es imprescindible demostrar que cuentas con una vivienda adecuada para alojar a los familiares que deseas traer.
  • Requisitos económicos: Debes contar con ingresos mínimos suficientes. Por ejemplo, para dos personas, se exige como referencia el 150% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). La cantidad exacta puede variar según el número de familiares a reagrupar.
  • Seguro médico: Es obligatorio disponer de seguro médico para los familiares reagrupados.
  • Escolarización: Si ya tienes hijos en España, deberás acreditar que están inscritos en algún centro educativo.

¿A quién puedes reagrupar?

  • Pareja o cónyuge.
  • Hijos menores de 18 años, o hijos mayores con discapacidad.
  • Padres mayores de 65 años que dependan económicamente de ti.
  • En algunos casos, hijos mayores que sean tus cuidadores.

Documentación necesaria

  • Pasaporte válido.
  • Contrato de trabajo y/o documentación que demuestre los medios económicos.
  • Informe de vivienda (para acreditar que la vivienda es adecuada y no está sobreocupada).
  • Certificado que demuestre el vínculo familiar (especialmente importante en el caso de parejas de hecho o uniones análogas al matrimonio).

¿Cómo se realiza el trámite?

  1. El trámite se inicia en España. La persona residente solicita la autorización en la oficina de extranjería.
  2. Extranjería valora la solicitud y emite resolución (el plazo habitual es de 90 días).
  3. Si la solicitud es aprobada, el familiar dispone de dos meses para acudir al consulado de España en su país de residencia y solicitar el visado para entrar en España.
  4. Una vez en España, el familiar debe solicitar su TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) y registrar las huellas dactilares.

Dato importante: Al recibir la residencia, tu pareja o tus hijos podrán trabajar sin inconvenientes, ya que se les concede el mismo tipo de residencia que tienes tú. Más adelante, si cumplen los requisitos, podrán solicitar la residencia independiente.

¿No sabes por dónde empezar?

Si tienes dudas sobre cómo traer a tu familia o no sabes cómo iniciar el proceso, déjanos un comentario con la palabra “Reagrupación 2025” o escríbenos por mensaje directo. En Lexborders, nuestro equipo de Abogados te ayudará a reunir a tu familia sin errores y con todas las garantías legales.


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