En ocasiones, circula la creencia errónea de que el simple hecho de tener una enfermedad garantiza que España concederá la residencia o los “papeles”. Es importante aclarar cómo funciona realmente este proceso.
¿Conceden papeles por enfermedad en España?
La respuesta sencilla es: no, no basta con padecer cualquier enfermedad para obtener la residencia. Para que una enfermedad pueda ser motivo para solicitar la residencia por razones humanitarias, deben cumplirse condiciones muy concretas:
- La enfermedad debe haber sobrevenido o haberse descubierto durante tu estancia en España.
- Debe ser grave y realmente impedir que la persona regrese a su país de origen.
- La asistencia médica o el tratamiento necesarios no deben estar disponibles de forma adecuada en el país de origen.
Por lo tanto, no cualquier situación médica es válida para solicitar documentos por causas humanitarias.
Casos que no cumplen los requisitos
Frecuentemente recibimos consultas del tipo: “Mi hijo tiene X enfermedad, ya diagnosticada y en estado avanzado, y quiero ir a España para que nos den papeles”. En estos casos, lamentablemente, no es posible. La razón es sencilla:
- La enfermedad ya era conocida antes de viajar.
- La situación ya existía previamente y, por tanto, no cumple los criterios exigidos.
En otras palabras, si la enfermedad es preexistente, ya había síntomas o diagnóstico previo al viaje, la solicitud será rechazada.
Situaciones en las que sí podría solicitarse
Imaginemos otro escenario: una persona se encuentra en España realizando una estancia por estudios y, de repente, comienza a sentirse mal. Al acudir al médico, le diagnostican aquí una enfermedad grave. En este caso, la situación es distinta:
- La enfermedad se detecta durante la estancia en España, sin que hubiera antecedentes.
- La gravedad del diagnóstico imposibilita el regreso seguro al país de origen, o allí no disponen de los medios adecuados para tratar la enfermedad.
- Se podría valorar solicitar la residencia por razones humanitarias, siempre y cuando se cumplan el resto de los requisitos legales establecidos por la normativa.
Consideraciones finales
La realidad es que los criterios para solicitar la residencia por razones humanitarias en España son estrictos y no dependen únicamente de la existencia de una enfermedad. Se deben tener en cuenta múltiples factores y cumplir con lo que establece la ley. Si te encuentras en una situación compleja, lo ideal es consultar con profesionales especializados, como el equipo de Lexborders Abogados, para estudiar tu caso de forma individualizada.
Recuerda: una enfermedad preexistente no da derecho automático a residencia en España. Cada caso requiere ser valorado bajo los criterios legales vigentes.
👉 Tip de experto: No hagas trámites legales por tu cuenta. ¡Busca asesoramiento profesional!
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Aviso legal: Los artículos y vídeos de Lexborders son de carácter informativo. No constituyen asesoramiento jurídico personalizado. La normativa puede variar según cada caso. Se recomienda la revisión individual por un abogado experto en extranjería.