Información clave sobre el asilo y los formularios EX-31 y EX-32 en España

Importante información sobre el asilo y los formularios EX-31 y EX-32

Si estás actualmente en proceso de asilo utilizando el formulario EX-31, es fundamental que comprendas algunos aspectos clave sobre cómo proceder en tu situación. A continuación, te aclaro los puntos más relevantes para que sigas correctamente el procedimiento:

¿Debo desistir de mi solicitud de asilo?

No, no debes desistir si estás gestionando tu proceso de asilo a través del formulario EX-31. El desistimiento aplica únicamente para quienes utilizan el formulario EX-32. El marco legal vigente contempla lo siguiente:

  • Si presentaste tu solicitud de asilo o la declaración de intención antes del 1 de enero de 2026, tu proceso continúa como un procedimiento de asilo convencional.
  • En estos casos, se debe realizar el trámite de residencia por arraigo extraordinario.
  • Solamente cuando obtengas una resolución favorable (es decir, no cuando se admite a trámite, sino cuando ya hay una resolución), será entonces cuando debes desistir del asilo correspondiente. Ni antes ni después.

No te preocupes. Debes esperar a tener la resolución para hacer el desistimiento.

¿Qué sucede si presentas la declaración después del 1 de enero de 2026?

Para quienes inicien la declaración después del 1 de enero de 2026, el procedimiento cambia:

  • Estas personas sí deberán desistir del asilo antes de avanzar con el procedimiento a través del formulario EX-32.
  • El motivo es que el EX-32 exige que no haya ningún procedimiento en curso al momento de la solicitud.

Consideraciones clave

  • Recuerda que la fecha en la que has presentado tu declaración de asilo es fundamental para saber qué procedimiento debes seguir.
  • Sólo cuando tengas una resolución del proceso de arraigo extraordinario, deberás tomar acción respecto al desistimiento del asilo.
  • Mantente informado y actúa con calma; no hagas movimientos prematuros.

Esperamos que esta explicación te ayude a comprender cómo proceder según tu caso individual. Si tienes dudas, consulta con especialistas en extranjería, como los expertos de Lexborders Abogados, para recibir la mejor orientación posible.


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Aviso legal: Los artículos y vídeos de Lexborders son de carácter informativo. No constituyen asesoramiento jurídico personalizado. La normativa puede variar según cada caso. Se recomienda la revisión individual por un abogado experto en extranjería.

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