Documentación en papel en demandas contencioso-administrativas en Barcelona

Una de las situaciones que todavía no logro comprender, y sinceramente dudo que llegue a hacerlo, es la necesidad de presentar copias impresas cuando se interpone una demanda ante el contencioso-administrativo en Barcelona. Curiosamente, esto no ocurre en otros puntos de España, sólo aquí.

La contradicción es evidente: todo el proceso funciona mediante registro electrónico, desde el inicio hasta el final. Cumples con todos los requisitos digitales, remitiendo documentos de manera telemática, pero luego, inesperadamente, el juzgado te requiere para que entregues en un plazo de cinco días la documentación en formato físico.

Esto plantea una pregunta lógica: ¿Por qué es necesario presentar documentación en papel si la administración hoy remite absolutamente todo de forma digital? A estas alturas, la administración ya no envía ni un solo papel a los domicilios; toda la comunicación y el expediente es electrónico. Entonces, ¿por qué se nos exige acudir al juzgado para entregar esos mismos documentos en papel?

Me parece una práctica anacrónica que no se corresponde con la realidad tecnológica actual. Es algo que, sinceramente, me desconcierta.

Considero urgente una actualización del artículo 275 del Alep para eliminar estos procedimientos redundantes que sólo generan trabas y pérdida de tiempo para los profesionales y ciudadanos. Este trámite debería adaptarse cuanto antes a los nuevos tiempos para que el proceso judicial sea coherente con la realidad digital en la que ya vivimos.

En definitiva, no me queda más remedio que acudir al juzgado de Barcelona con toda la documentación impresa. Así son las cosas, por el momento.


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