¿Cuántas tasas se deben pagar en extranjería y cómo hacerlo correctamente?

¿Cuántas tasas se deben pagar en extranjería? Esta es una de las preguntas más habituales que recibo y, a menudo, suele generar confusión. Para aclararlo, en los trámites de extranjería, como norma general, existen dos tipos de tasas:

  • Tasa de tramitación del procedimiento
  • Tasa de recogida de TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)

En ocasiones, algunas personas me dicen: “No, es que yo la tasa ya la he pagado.” Sí, probablemente ya abonaste una, pero es importante entender que estas tasas son diferentes y cada una cumple una función específica.

¿Qué es una tasa?

La tasa es el precio que se paga por utilizar un servicio público. Por ejemplo, cuando renovamos el DNI, abonamos una cantidad para la expedición del nuevo documento. Este pago cubre los costes de un funcionario que toma nuestras huellas, coloca esa inevitable foto desfavorecedora, imprime el documento y nos lo entrega. Es el mismo principio en extranjería y en muchos otros trámites de la administración pública, como la solicitud de un vado (la zona donde no se puede aparcar), que también requiere el pago de una tasa.

¿Por qué se pagan dos tasas en extranjería?

En el ámbito de extranjería, la estructura es similar:

  • Primera tasa: Se abona para que estudien el expediente. Esta tasa puede corresponder a un proceso iniciado por una empresa, un empleado, un patrocinador o por cuenta propia.
  • Segunda tasa: Esta es la tasa para la expedición de la tarjeta y corresponde siempre al titular que va a recibir el documento.

Es importante tener esto muy presente cuando recibas los formularios, especialmente una vez que tengas la resolución favorable y te dispongas a solicitar la cita en comisaría para la toma de huellas y recogida de tu TIE.

¿Cómo se pagan las tasas?

Al abonar la tasa inicial del expediente de extranjería, normalmente dispones de varias opciones para realizar el pago:

  • A través del sistema online de tu banco.
  • Directamente en la sucursal bancaria, en efectivo, donde te sellan el justificante.

Hasta aquí, el proceso es sencillo y práctico.

El pago de la tasa en comisaría es diferente

Sin embargo, para la tasa de recogida del TIE, el proceso se complica un poco. Sucede algo curioso: cuando se tramita el DNI, se exige el pago en efectivo y no permiten pagar con tarjeta. Pero en el caso del TIE, la situación es la contraria: la tasa debe haber sido pagada previamente, y además, debes presentar el justificante en comisaría.

Es importante destacar que el justificante que se acepta no es siempre el PDF que genera la banca online tras el pago. Lo que realmente exigen en comisaría es uno de estos dos documentos:

  • El resguardo impreso por el cajero automático (ese pequeño papel, muchas veces escaneado, después de introducir todos los datos de la tasa).
  • El justificante original sellado por el banco y validado con el NRC.

La razón de esta exigencia es que la policía no tiene acceso para comprobar si la tasa ha sido cobrada. De hecho, me ha pasado acompañando a clientes que, para disipar cualquier duda, el agente pide ver en la banca online el cargo realizado en la cuenta corriente. Personalmente, nunca he tenido inconveniente en mostrarlo, pero la flexibilidad puede variar según la comisaría.

“No todas las comisarías son igual de flexibles, así que es fundamental llevar toda la documentación y los justificantes correctos.”

En resumen, recuerda:

  • Deberás pagar una tasa para la tramitación y otra para la expedición de tu TIE.
  • Prepara cuidadosamente los justificantes de pago y revisa los requisitos específicos de la comisaría donde vayas a realizar el trámite.

La administración suele avanzar poco a poco en simplificar los procesos, pero por ahora es imprescindible distinguir ambas tasas y cumplir con los pasos establecidos para evitar sorpresas o retrasos en tus trámites de extranjería.


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Aviso legal: Los artículos y vídeos de Lexborders son de carácter informativo. No constituyen asesoramiento jurídico personalizado. La normativa puede variar según cada caso. Se recomienda la revisión individual por un abogado experto en extranjería.

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