¿Qué hacer si no te dan la TIE en una estancia por estudios de menos de 6 meses en España?

Recientemente, he recibido muchas consultas sobre qué hacer cuando te aprueban una estancia por estudios o una residencia en España de menos de seis meses. La pregunta principal suele ser: ¿Qué hago, Sandra? ¿Qué hago si no me dan la TIE?

¿Por qué no recibes la TIE en estancias cortas?

En primer lugar, es importante aclarar que la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) no se emite para aquellas estancias o residencias cuya duración sea inferior a seis meses. Existen tipos de permisos, tanto de estancia como de residencia, cuyo periodo de validez comienza a contar desde que se resuelve favorablemente el expediente, no desde que presentas la solicitud.

Pongamos un ejemplo: si solicitas una estancia por estudios de ocho meses y, debido a los plazos administrativos, la resolución llega cuando solo quedan seis meses y dos días, no tendrás derecho a la TIE. En ese corto margen de tiempo, sencillamente no existen los plazos necesarios para realizar el trámite de la tarjeta.

¿Y si mi estancia autoriza a trabajar?

Si la autorización ya incluye el permiso para trabajar, no debes preocuparte. El documento de resolución es válido y suficiente para demostrar tu situación legal y tus derechos en España.

Recomendaciones prácticas

  1. Haz una copia de la resolución: Tómale una foto, súbela a Google Drive y guarda una copia en tu correo electrónico. No la lleves únicamente en formato físico, protégela con copias digitales seguras.
  2. Infórmalo a tu gestor o empleador: Es habitual que esto genere cierta inquietud, pero debes explicar claramente que tu resolución es perfectamente válida, te autoriza a trabajar y, al ser inferior a seis meses, no da derecho a TIE. No hay ningún problema; el responsable de recursos humanos puede utilizar ese documento al darte de alta en la Seguridad Social.

No se trata de ningún drama. La resolución es suficiente y no hay motivos para alarmarse.

¿Qué hacer si tu estancia está por finalizar?

Cuando obtienes una estancia por estudios de menos de seis meses, es vital anticiparse. Unos dos meses antes de que expire tu estancia, debes comenzar a preparar el canje a una residencia con permiso de trabajo.

  • Primero: Busca un empleo que te permita ajustar tu situación a la Residencia y Trabajo.
  • Segundo: Tras cumplir cuatro meses en tu estancia actual, habla con tu empleador acerca de comenzar el trámite de cambio de residencia.
  • Por último: Asegúrate de finalizar el mismo curso por el que iniciaste tu estancia. Cambiar de curso puede complicar o invalidar el proceso de canje.

En resumen, si tu estancia o residencia por estudios es de menos de seis meses y no tienes la TIE, no pasa nada. Tu resolución es válida y puedes trabajar. Simplemente mantente atento a los plazos y prepárate con antelación para el siguiente paso en tu proceso de residencia.


👉 Tip de experto: No hagas trámites legales por tu cuenta. ¡Busca asesoramiento profesional!

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