¿Puedo trabajar sólo con presentar la solicitud?
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Una de las preguntas más frecuentes que llegan sobre trámites migratorios en España es: ¿Con sólo presentar la solicitud… ya puedo trabajar? Aunque parece una consulta sencilla, la respuesta varía mucho dependiendo de cada caso particular y del tipo de permiso que estás solicitando.

Presentar la Solicitud ≠ Poder Trabajar Inmediatamente
Muchas personas asumen que, con entregar la solicitud para un permiso de residencia o estancia, automáticamente pueden trabajar. Sin embargo, esto no es siempre así. A continuación, desglosamos los escenarios más habituales:
- Estancia por Estudios con Contrato de Trabajo: Si presentas la solicitud para estancia por estudios con contrato de trabajo, la respuesta es NO.
No puedes empezar a trabajar solo por haber entregado los documentos. Debes esperar a que tu
solicitud sea admitida a trámite. - Tarjeta de Familiar de Ciudadano Español: En este caso, el panorama es el mismo, NO puedes empezar a trabajar hasta que la solicitud
haya sido formalmente admitida a trámite. - Tarjeta Comunitaria: Aquí cambia la situación. Al solicitar la tarjeta comunitaria, SÍ puedes trabajar en cuanto presentas la solicitud porque el procedimiento tiene efectos retroactivos. Es decir, puedes iniciar tu actividad laboral desde el momento en que entregas tus papeles.
- Canje de Estancia por Estudios a Permiso de Residencia y Trabajo: Con Autorización Previa: Si ya tenías autorización previa para trabajar, puedes continuar trabajando hasta 30 horas semanales. Cuando tu nuevo permiso sea admitido a trámite, podrás pasar a las 40 horas semanales.
Sin Autorización Previa: Si antes no tenías autorización de trabajo, deberás esperar a que tu solicitud sea admitida a trámite para comenzar a trabajar.
Conclusiones Clave
- En la mayoría de los casos, no puedes trabajar solo por presentar la solicitud; debes esperar la admisión a trámite.
- La excepción principal es la tarjeta comunitaria, donde puedes trabajar desde el momento de la solicitud debido a sus efectos retroactivos.
- Verifica siempre tu caso concreto, ya que las normativas pueden variar según el tipo de permiso y tu situación actual.
«Recuerda: Cada trámite tiene sus particularidades. Consulta fuentes oficiales o
especialistas para asegurarte de actuar dentro de la legalidad».
¿Tienes más dudas sobre trámites migratorios o permisos de trabajo en España? Compártelas en los comentarios para que podamos resolverlas en la próxima edición.
Recuerda que cada caso puede ser particular. Verifica siempre si estás ante una prórroga o una nueva estancia antes de gestionar tus documentos con extranjería. Y, si puedes, lleva siempre contigo la instrucción oficial por escrito. Así evitarás contratiempos y agilizarás tu trámite.
Aviso legal: Los artículos y vídeos de Lexborders son de carácter informativo. No constituyen asesoramiento jurídico personalizado. La normativa puede variar según cada caso. Se recomienda la revisión individual por un abogado experto en extranjería.